La lógica jurídica en que se sustenta la sentencia relaciona directamente la obligación de entrega de la ropa con la obligación de financiar su mantenimiento y limpieza. Este aspecto no es regulado en la mayoría de los convenios colectivos. Muchas prácticas de empresa aceptan que la limpieza de la ropa de trabajo corre a cargo del trabajador o trabajadora. Algunos convenios colectivos establecen la entrega en determinados periodos de tiempo, pero no contemplan la posibilidad de que en determinadas condiciones, por deficiente conservación, deba anticiparse la entrega.
La mencionada sentencia nace de un conflicto colectivo instado por nuestra sección sindical de CC.OO. de F.C.C. S.A. de L'Hospitalet de Llobregat.
Es una buena oportunidad para revisar en la negociación colectiva las regulaciones de algunas cuestiones, como la ropa de trabajo, tan básicas y cotidianas en las relaciones laborales en la empresa.
Sentencia 4542/2004 Compartir a:
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