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Valoració del contracte de relleu pactat a COMESA


La plantilla de COMESA, empresa de fabricación de componentes de automoción segregada de la antigua PEGASO, estaba envejeciendo peligrosamente, al no haberse producido contrataciones durante 23 años.

En 1997-98, ante las nuevas contrataciones temporales, nos planteamos en la sección sindical la necesidad de frenar la amortización de puestos de trabajo, fomentar la contratación indefinida y rejuvenecer la plantilla.

Los dos primeros objetivos se lograron firmando el acuerdo de estabilidad en el empleo, que consistía en cifrar la plantilla en un mínimo de 370 trabajadores con contrato indefinido, ir pasando y sumando a indefinidos todos los contratos temporales si había trabajo al acabar su primer contrato, aceptando a cambio, para la franja superior a los 370, la aplicación automática del art. 52 c del ET, al efecto de adecuar la plantilla a las necesidades de la producción, previa justificación a la RLT de dicha necesidad estructural. Paralelamente de producirse dichas extinciones de contrato, se crearía una bolsa para el reingreso de los trabajadores afectados por fecha de salida y grupo profesional. La preferencia de reingreso se aplicaría en segundo lugar para los trabajadores que por falta de trabajo en la empresa extinguieron su relación laboral al finalizar su contrato eventual.

A fecha de hoy, esto ha significado: ir pasando a indefinidos todos los contratos temporales, sin ninguna rotación, el reingreso en plantilla de los que tuvieron que cesar porque al acabar su contrato coincidió con bajada de producción, y la desafectación de la cláusula de aplicación automática del 52 c del ET para unos 130 trabajadores jóvenes que han ido ocupando las plazas de trabajadores que han causado baja por prejubilaciones indemnizadas o por erosión natural de la plantilla. Naturalmente, a mayor estabilidad de plantilla mayor afiliación y mayor solidez de nuestra Sección Sindical.

Para el rejuvenecimiento de la plantilla, planteamos ya en 1998 pactar la aplicación del contrato relevo de forma automática a los 60 años, al máximo porcentaje de jubilación y con contrato a jornada completa para los relevistas, pero no se pudo firmar, por imperativos del centro de decisión de la multinacional, ajenos a los intereses de COMESA, aun estando de acuerdo en el centro de Barcelona.

El acuerdo para el contrato relevo que hemos firmado ahora resuelve para nosotros una asignatura pendiente y cierra un círculo de programación de plantilla al alza, estabilidad en el empleo para los jóvenes, garantías de continuidad para los nuevos contratos y condiciones idóneas de jubilación para los trabajadores mayores que alcancen la edad de 60 años.

El acuerdo recoge, para los trabajadores que se acojan a la jubilación parcial, una garantía del 90 % del salario que tienen en la actualidad, para evitar que quienes cobran salarios muy por encima del tope máximo de cotización a la SS tengan un diferencial excesivo, establece el tiempo completo para los contratos de los relevistas y el compromiso de su pase a indefinidos si al finalizar el relevo se mantienen las necesidades de producción (si no fuera así, pasarían a la bolsa para su orden de preferencia en el reingreso), se cierra la puerta a la amortización de puestos de trabajo de forma injustificada por jubilación, se establece así mismo un orden para la jubilación y para el reingreso, evitando que la unilateralidad de la empresa genere tensiones por preferencias subjetivas, se establece la jubilación en el máximo porcentaje y la prestación de servicios del 15 % de acuerdo con el calendario laboral y con un preaviso de tres meses.

EN DEFINITIVA, UN ACUERDO NECESARIO Y POSITIVO DENTRO DE LA APUESTA ESTRATÉGICA DE NUESTRA SECCIÓN SINDICAL POR LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO Y EL REJUVENECIMIENTO DE LA PLANTILLA.

Texto del acuerdo





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02/11/2004



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