El nuevo convenio colectivo de la empresa Hayes Lemmerz Manresa, S.A. incorpora, por primera vez en una gran empresa metalúrgica, la regulación de los «ciberderechos sindicales».
El acuerdo, muy positivo en sus contenidos, es un buen ejemplo para el desarrollo de los futuros acuerdos de empresa, que deben producirse en aplicación del convenio colectivo del metal de las provincias de Barcelona y Tarragona.
Principales características del acuerdo.-
-El acuerdo plantea la regulación de los ciberderechos sindicales como una necesidad de «actualizar los medios de información sindical, adaptándolos a las nuevas tecnologías de la información y la comunicación».
Este planteamiento es importante porque sigue el criterio sindical de que no existe vacío legal. La Ley Orgánica de Libertad Sindical y el propio Estatuto de los Trabajadores protegen el ejercicio de la libertad sindical en la red. Los acuerdos sobre ciberderechos sindicales tienen que tener por objeto el reconocimiento de la utilización sindical de la red ‘internet y correo electrónico-, como modernización de los derechos sindicales.
-El acuerdo establece la obligación de la empresa de poner a disposición del sindicato los medios para hacer realidad el derecho de utilización de la red.
-El acuerdo reconoce este derecho a la representación legal de los trabajadores y a las secciones sindicales con representación en el comité de empresa.
-El derecho se extiende a las comunicaciones a los afiliados al sindicato y al conjunto de los trabajadores. De la misma forma, el derecho personal de utilización es de los afiliados y de todas las personas de la plantilla.
-Finalmente, el acuerdo prohíbe prácticas que supongan un abuso de derecho; reconociendo que los contenidos de la información sindical están protegidos por el derecho constitucional al secreto de las comunicaciones.
Barcelona, julio de 2003
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